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viernes, 5 de febrero de 2016

En contra del protocolo de protesta: Criminalización y censura - La Izquierda Diario


Publicamos esta nota contra la propuesta de regular el derecho constitucional a la protesta con un llamado "protocolo de protesta". Salió en La Izquierda Diario, acá. 

Muchos de los que hoy impulsan un protocolo para protestar ayer protestaron sin límites ni procedimientos o regulaciones sospechosas. Esa contradicción histórica y pragmática no pasa desapercibida en el cambio de ontexto. Ayer, muchos de ellos, criticaban los intentos de regular la protesta. Hoy los justifican y comentan moderadamente.

en una iglesia de NY - NY 2015
Otros ven con mejores ojos que la protesta la regule el macrismo que el kirchnerismo (porque este o aquel eran/son más peligroso). Justamente, la idea es que regularlo es peligroso. Como la ley antiterrorista siempre fue una pésima idea, innecesaria, obsecuente al extremo. Sea el macrismo, el kirchnerismo o el gandhismo. Regular la protesta es abrir un camino de desnaturalización y formalización de esa herramienta social

En el marco de despidos, persecusiones, puja distributiva, problemas de violencia institucional, represión a menores, decretos excesivos, beneficios impositivos e industriales para las corporaciones y monopsonios amigos es vital defender el derecho a la protesta como herramienta de acción democrática y expresión cultural.

Como siempre, sigamos y salud.

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Los peligros de regular la protesta: Entre la criminalización y la censura


 Por Lucas Arrimada *

1. Los peligros de regular la protesta. El gobierno nacional anunció su intención de regular el derecho constitucional a la protesta. Hay razones legales, políticas y culturales para criticar esa propuesta y recordar que la mayoría de los proyectos que intentaron regular la protesta siempre fueron inconstitucionales y abiertamente antidemocráticos (como lo analizamos acá y acá ante los anuncios del ex-Secretario de Seguridad, Sergio Berni).

Protestar es un derecho. Reprimir una protesta pacífica es un delito. Todas las reglamentaciones legales son ambiguas y vagas, por ende, se pueden interpretar discrecionalmente. Un protocolo de protesta sería un arma muy peligrosa para que toda protesta social pacífica se transforme en una protesta "ilegal", por ende, criminalizable y así justificar el uso de la violencia estatal en contra de cualquier manifestación social.

Un protocolo de la protesta puede abrir la posibilidad que todos los jóvenes, mujeres y pobres sean fácilmente criminalizados por pedir un boleto estudiantil, reclamar por sus derechos sociales, ejercer el derecho a huelga o su libertad de expresión, apoyar el matrimonio igualitario y hasta por manifestarse contra la violencia de género como en el #NiUnaMenos.

Las históricas manifestaciones contra la inseguridad, por la misteriosa muerte del Fiscal Nisman o las numerosas marchas opositoras contra del Kirchnerismo fueron ejercicios legales y legítimos del mismo derecho constitucional a la protesta que hoy se proyecta limitar.

Regular la protesta invita a arbitrariedades legislativas y a discrecionalidades judiciales. La protesta es un derecho ejercido por los opositores en todo el mundo. Limitar un derecho constitucional tan vital para la historia democrática Argentina es un gravísimo error político que sin duda tiene rasgos autoritarios.

Regular la protesta puede estar dirigido a legitimar y crear excepciones reglamentarias para justificar la recurrente violencia policial en manifestaciones y protestas pacíficas. El derecho a la protesta no debe ni puede regularse.

2. Regular la protesta es censurar voces. Es criminalizar al que disiente y significa menos libertad de expresión. Desconocer que nuestros derechos no son "naturales" sino producto de la construcción política es resultado de la falta de educación colectiva e individual en nuestros derechos fundamentales.

Ser ignorante es desconocer que tus derechos se los debés a generaciones que lucharon para que vos los tengas, disfrutes y expandas. La forma de expansión y construcción social de los derechos siempre fue y sigue siendo el derecho a la protesta.

El derecho a la protesta pierde fuerza y capacidad de comunicación al ser regulado, indiferentemente el gobierno que lo proponga.  El derecho a la protesta un derecho para abrir una instancia de diálogo, no para abrir una instancia penal o una amenaza represiva.  Esa propuesta no es democrática ni republicana. La regulación del derecho a la protesta silencia voces y tiene tintes autoritarios. Regular la protesta es silenciar ese diálogo posible y abrir una instancia de más violencia y represión.

Regular la protesta invita a generar más violencia social. Es legitimar el uso de la fuerza contra la gente que protesta pacíficamente, ejerciendo su derecho constitucional a peticionar a las autoridades (Art 14 CN) o a expresarse (Art. 14, 32, 75 inc 22 y Tratados de DDHH).

Indiferentemente el gobierno, toda regulación de la protesta puede silenciar voces disidentes, acallar reclamos que deben ser escuchados, necesidades que tienen derechos sociales reconocidos en la Constitución Nacional que las autoridades deben cumplir, todo en ejercicio de una facultad constitucional legitimada por toda la sociedad. 

En conclusión, el peligro es neutralizar el derecho que nos permite a todos defender nuestros derechos, expandir las libertades y mejorar la democracia. 

* Lucas Arrimada es Profesor de "Derecho  Constitucional" y "Estudios Críticos del Derecho" (UBA).  

martes, 5 de agosto de 2014

Legalidad y letigimidad en la protesta social: El derecho a defender los derechos


Ayer publicamos esta nota acá en Infobae sobre el derecho a la protesta y los escenarios de conflicto social y laboral de la semana pasada, especialmente los que vienen hace un tiempo con los despidos y suspensiones en LEAR. Hicimos una reconstrucción de los discursos del secretario de seguridad a la luz de la legalidad y de la legitimidad de la protesta social. La copiamos. Salud!


la chica con los ojos de la revolución permanente - Bremen 2014
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Legalidad y legitimidad en la protesta social

La tormenta del default de la deuda y las negociaciones con los bonistas, llevó a un segundo plano ciertos conflictos sociales, en ascenso y en íntima conexión, vinculados a despidos y suspensiones en diferentes sectores de la industria. A esos conflictos laborales, que parecen aumentar como expresión de la puja distributiva, se suman ciertos recurrentes conflictos territoriales y episodios represivos observados a diferentes niveles en Neuquén, Córdoba, Entre Ríos y Formosa en estos últimos tiempos.

En especial, el conflicto de los despidos en LEAR -que incluyó  despidos a delegados sindicales que el Poder Judicial ya ordenó restablecer a la Empresa y al SMATA- trajo a la luz algunas viejas/nuevas declaraciones del Secretario de Seguridad, Sergio Berni, sobre el ejercicio del derecho a la protesta. Sus dichos merecen análisis, especialmente, dado la respuesta represiva y la violencia institucional expresada por la Gendarmería la semana pasada.

El Secretario de Seguridad suele, en sus discursos, repetir que el derecho a la protesta cortando una calle “es un delito federal”. Los dichos del secretario ignoran la Constitución, la práctica social y las mismas instituciones de la democracia:

- El derecho a la protesta está protegido por la Constitución Nacional. Está vinculado especialmente, en los casos de conflicto obrero, al derecho a huelga (Art. 14 y 14 bis), pero en general se reconoce el derecho peticionar a las autoridades (Art. 14), a la libertad de expresión, al principio republicano de gobierno (Art. 1) y a la soberanía popular (Art. 32), o a formas especiales de protección del orden institucional (Art. 36) y a nuevas formas de participación política propias de la democracia. El derecho a la protesta es un derecho constitucional. Derechos laborales, igualdad de la mujer o tantos otros derechos que hoy consideramos básicos no existirían sin el derecho a la protesta.  

- Toda sociedad acepta y ejerce el derecho a la protesta. Desde la Sociedad Rural hasta las clases medias urbanas, de la mano de partidos políticos opositores, ejercen el derecho a la protesta y cortan calles en sus actos políticos. La protesta es una práctica social que toda la sociedad ejerce, sin distinción de clase o color político. A pesar de eso, el Secretario de Seguridad parece solamente estar concentrado en amenazar a los trabajadores, perseguir conflictos laborales y sectores de bajos recursos disidentes. Sus expresiones contra militantes, Diputados electos o movimientos sociales específicos son tan recurrentes como selectivas. 

Toda persecución selectiva de carácter político, partidaria y/o clasista es evidentemente inconstitucional e ilegal, y debe ser repudiada.

- La Secretaría de Seguridad carece de facultades judiciales. La secretaria de Seguridad no puede determinar qué es una protesta ni quién puede protestar. El Secretario de Seguridad suele decir que hay una intencionalidad política o una “asociación ilícita” en el actuar de los manifestantes y que los que protestan son “delincuentes” y así “justifica” su accionar represivo. La legalidad de una protesta sólo puede ser determinada por el Poder Judicial con las garantías constitucionales y el derecho a la defensa que el mismo secretario parece olvidar recurrentemente. Ante la duda, la Constitución presume que la protesta es legal y legítima.

Por todo ello, los excesos discursivos de Berni parecen tener peligrosa correlación y coherencia con su decisión política de reprimir de forma violenta y criminalizar la protesta. Su retórica es nociva pero sus acciones se han vuelto ilegales dado que suele violar no sólo derechos constitucionales sino genera víctimas y violencia innecesaria, en lugar de mayor negociación político y diálogo entre las partes, y forja antecedentes explosivos en un escenario de mayor puja por empleos y salarios.

El discurso público de Berni es brutal en una democracia: Vincula “militante social” con “terrorista”, llama a los que ejercen la protesta “activistas violentos” y al mismo tiempo ignora que hay un derecho a la libertad de expresión, al derecho de huelga y a peticionar ante las autoridades legítimas. Ese discurso criminaliza el ejercicio de los derechos políticos de una democracia, que incluye pero va mucho más allá del voto y de las elecciones.

Todo ilícito en cualquier protesta, de existir, debe ser investigado individualmente por el poder judicial y no descalifica el derecho a manifestarse. No se justifica que ningún funcionario político se vuelva un Sheriff superior -más allá de tentativas buenas intenciones- por sobre las instituciones, el proceso judicial y sus garantías. 

En este contexto es clave mantener tanto las estrategias legales que defienden los derechos constitucionales así como las acciones pacíficas de los actores sociales que alimentaron el músculo de la protesta social para expandir el derecho a expresarse cívicamente, ejerciendo su libertad de expresión y fortaleciendo una de las herramientas más importantes que tiene la democracia: el derecho a la protesta como derecho a defender los derechos y construir más y mejores derechos.-

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La reconstrucción de los dichos del Secretario de Seguridad la hicimos en base a ciertas entrevistas/notas de medios gráficos, radiales y/o televisivos, como por ejemplo, acá ("dialogando" a los gritos), acá y acá con Tenembaum. 

Nexos

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